Los ríos como sujetos de derechos: una reflexión desde la Semana de la Biodiversidad
En el marco de la recién celebrada Semana de la Biodiversidad de Cali, y con la presencia de las profesoras e investigadoras de la Universidad del Valle Mariela García (Instituto Cinara) y Cecilia Orozco (Departamento de Geografía), se llevó a cabo el conversatorio “Declaratorias de los ríos como sujetos de derechos como alternativa para su gestión y conservación”. La Palabra estuvo ahí para destacar lo más importante de este evento de ciudad.
Por: Alejandro Alzate

Durante la jornada, que se celebró en el auditorio Sinú, del Centro Cultural Comfandi, se articularon reflexiones sobre la relación entre los ríos y su vinculación con las comunidades, sobre las voluntades políticas que se necesitan para su preservación —y la de sus zonas aledañas— y sobre cómo traducir marcos normativos y éticos en acciones de protección reales y sostenibles.
Las investigadoras situaron la discusión en el cruce entre normas, ciencia y prácticas sociales: por un lado, la discusión teórica sobre la personificación jurídica de los ríos y, por otro, las necesidades técnicas y administrativas para garantizar que las normas se traduzcan en agua de calidad y en ecosistemas fluviales funcionales. Desde esta perspectiva quedó claro que reconocer derechos a los ríos no elimina la necesidad de políticas públicas concretas, ni substituye la inversión en infraestructura, monitoreo y gobernanza.
En términos más amplios —y sobre puntos en los que hay consenso técnico y jurídico—, el derecho al agua implica una serie de condiciones mínimas y verificables: disponibilidad continua de caudal suficiente, calidad adecuada para el consumo humano y usos esenciales, accesibilidad física, asequibilidad económica y aceptación cultural de las soluciones aplicadas. Estas condiciones son parámetros objetivos que orientan tanto políticas de provisión de agua potable como medidas de protección ambiental.

Asimismo, entre las generalidades sobre las que hay consenso se encuentran varias líneas de acción técnica y administrativa imprescindibles para la gestión sustentable de cuencas y ríos: garantizar saneamiento y tratamiento adecuado de aguas residuales; controlar y reducir vertimientos puntuales e impactos difusos de la agricultura y la industria; proteger y restaurar zonas como humedales y nacientes; y mantener caudales ambientales suficientes para preservar funciones ecológicas. Todas esas acciones requieren datos confiables —sistemas de monitoreo de calidad y cantidad— y mecanismos claros de fiscalización y sanción frente a incumplimientos.
…la figura legal de sujeto de derechos puede ser una herramienta útil, pero que por sí sola no basta. Para que una figura jurídica funcione hacen falta capacidades institucionales, recursos financieros, procedimientos de exigibilidad y rutas claras de implementación. Sin esos elementos, la protección queda limitada al plano simbólico.
Otro consenso relevante que se destacó durante el encuentro fue la necesidad de enfoques integrados e intersectoriales: el manejo del agua debe articular planificación territorial, salud pública, agricultura, planificación urbana y conservación. Sin coordinación, las intervenciones aisladas tienden a trasladar los problemas aguas abajo o a crear soluciones provisionales. De la misma manera, resulta incuestionable la centralidad de la participación comunitaria: la gestión efectiva depende de la inclusión de las comunidades locales y de los saberes tradicionales, así como de procesos de consulta y legítima representación, especialmente en territorios con poblaciones afrodescendientes, indígenas y campesinas que tienen usos culturales y económicos específicos del agua.
También se destacó el hecho de que la figura legal de sujeto de derechos puede ser una herramienta útil —al ampliar las vías de tutela jurídica sobre la integridad ecológica—, pero que por sí sola no basta. Para que una figura jurídica funcione hacen falta capacidades institucionales, recursos financieros, procedimientos de exigibilidad y rutas claras de implementación. Sin esos elementos, la protección queda limitada al plano simbólico.

En suma, la discusión en la Semana de la Biodiversidad reafirmó principios ampliamente aceptados: el agua es un derecho humano que exige normas, ciencia, financiación y gobernanza eficaz; la conservación de ríos necesita medidas técnicas comprobadas (saneamiento, control de fuentes de contaminación, protección de riberas y mantos hídricos); y cualquier avance duradero depende de voluntad política, articulación intersectorial y participación comunitaria. Esa combinación, más que una solución única, constituye la base sobre la cual pueden sostenerse políticas y acciones que realmente protejan las cuencas y garanticen el acceso al agua para las generaciones presentes y futuras.



