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DE
JUAN JACOBO ROSSEAU A ROSARIO VALPUESTA: UN CONTRATO
SOCIAL ENTRE MUJERES Y HOMBRES
Por Judith Colombia González E
Si históricamente mediante un contrato social se dio
via a un nuevo orden político sentado en la
soberanía del pueblo, hoy se debe celebrar un nuevo
contrato social que ayude a la refundación de la
democracia que conocemos, donde se hable de
ciudadanos y ciudadanas y de hombres y mujeres.
Acerca del contrato social
Evocando el Contrato Social formulado por Juan
Jacobo Rosseau como fundamento para la construcción
del Estado, se pretende ahora una nueva reedición
del mismo, pero entre los dos géneros masculinos y
femeninos.
La propuesta de Rosseau es una elaboración teórica
enmarcada en el pensamiento político desarrollado en
el siglo XVIII con raíces humanistas. Para Rosario
Valpuesta, jurista española que visitó recientemente
a Univalle, estamos ante una propuesta que se
desenvuelve más en el plano de las ideas que en el
de la realidad; se trata de pasar del “estado de
naturaleza” al de la sociedad organizada.
La expresión de contrato social es la justificación
del nuevo orden político que se implanta tras la
Revolución Francesa. Se convierte así, en la feliz
síntesis del sistema democrático que se legitima en
la decisión libre de los hombres para gobernarse así
mismos. En el origen del mismo están la formulación
política y jurídica de la libertad y la igualdad.
Para Rousseau “por cualquier lado que nos remontemos
al principio, llegamos siempre a la misma
conclusión: que el pacto social establece entre
ciudadanos tal igualdad que todos se obligan en las
mismas condiciones y deben gozar todos de los mismos
derechos”. Sin embargo, esta igualdad no se
puede mantener si se tiene en cuenta la experiencia
de las sociedades mas avanzadas, que tras décadas
de políticas publicas a favor de la igualdad de los
sexos, aún no han llegado a una plena equiparación
entre hombres y mujeres.
Sin olvidar el gran aporte Russoniano a la
democracia, todo en la historia no ha sido fácil. En
palabras de Rosario Valencia, “el contrato original
constituye, a la vez, la libertad y la dominación”;
ella argumenta que “la mujer no pudo tomar
racionalmente la decisión moral que origina el
derecho de la ciudadanía, deteniéndola así a medio
camino entre el estado de naturaleza y el de
ciudadanía”. Esta contradicción nos lleva a pensar
que en “el pensamiento de Rousseau, la mujer no es
sujeto del contrato social ni participa en la
construcción de la voluntad general”. Este motivo
llevará a las mujeres a iniciar el difícil camino de
la conquista de su igualdad, organizándose en torno
a los movimientos feministas que llegan a tomar una
dimensión internacional, donde reivindicaciones
básicas como el derecho a la educación y al
ejercicio profesional, y el derecho al sufragio,
integraran a la mujer en el plano de lo jurídico y
político como ciudadanía.
El desencuentro entre igualdad formal y la
desigualdad real se ha de resolver arbitrando
medidas a favor de las personas y de los colectivos
que están en una situación de inferioridad social
Hay igualdad formal más no real
Rosario Valpuesta Fernández, jurista española
invitada en mayo por el Departamento de Historia de
la Universidad del Valle a una serie de conferencias
y seminarios “Los derechos humanos desde la
perspectiva de género”, “Mujer trabajadora en
iberoamerica” y la “Ley de cuotas o igualdad social
en la cultura occidental patriarcal”, entre otros,
en el cual expuso la situación actual que tienen que
asumir las mujeres ante la política y la democracia
a la que tenemos derecho todas y todos.
La socióloga Magdalena León argumenta que “a partir
del mandato constitucional de 1991 en nuestro país
se configura el proyecto sobre la ley de cuotas cuya
sanción se dio en el año 2000”. Las cuotas son “la
asignación de cupos escaños o vacantes para ser
ocupados por miembros de un colectivo
históricamente marginado”, en este caso incluir a
las mujeres en los procesos de toma de decisiones
políticas. Las cuotas pueden ser aplicadas en
diversos ámbitos: el educativo, el laboral y de
participación política entre otros. En palabras más
concretas, se trata de que en todos los ámbitos
exista una igualdad real, ya que somos la mitad de
la población; se plantea un 40/60 % en presencia sea
masculina o femenina en lo educativo, laboral y
político. Lamentablemente no es efectiva la Ley de
cuotas en América latina. Según Valpuesta, “no hay
democracia con un déficit de mujeres en el poder”,
por este motivo: “La cuota sola no basta”.
“Reflexiones de una jurista en crisis”: Rosario
Valpuesta
Esta Sevillana y doctora en Derecho es destacada
por ser la primera mujer que llega a ser rectora de
la Universidad Pablo de Olavide en España, a la vez
que fue su fundadora; ha trabajado en intervención
social por los derechos de la familia y la mujer, y
es destacada por su labor de trabajo con las mujeres
del área andina, participando en congresos
nacionales e internacionales. Es socialista y
feminista, admiradora de Zapatero a quien considera
“más femenino que su propio gobierno”.
Su propuesta es una transformación y reconstrucción
de la sociedad y la realidad “es posible la
feminización del mundo” donde la mujer intervenga,
ya que para ella “el mundo y el poder ha sido
construido desde una sola visión la masculina”. Por
ello el mundo ha sido una estructura coja. Lo
femenino puede aportar solidaridad, inclusión,
organización, diversidad pues “no hay solo tipo de
feminismo, ni un solo tipo de ser mujer”.La tarea de
los derechos es “inacabada pero ilusionante; debemos
empeñarnos todos y todas, pues creemos que es
posible la construcción de un mundo mejor”.
Bibliografía:
* El contrato social. Juan Jacobo Rousseau. Madrid,
2004.
* Nadando Contra la Corriente: mujeres y cuotas
políticas en los países andinos. Magdalena León
Editora. 2006.
Estudiante de Licenciatura en Historia.
judithgonzalez81gmail.com |